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POST-DIVORCIO (Bienes ocultos)

Resumen

Si se olvidaron de incluir algún bien, o lo omitieron en el reparto durante el divorcio, se puede hacer el reclamo.

Tiempo

Desde 12 meses

Requisitos

  • La sentencia de divorcio o el documento que acredite la omisión de incluir el bien y el título de propiedad del bien omitido

Lo más común es el tema de bienes que quedaron pendientes de ser repartidos o liquidados. En estos casos se debe acudir en otro proceso judicial, a fin de subsanar ese error.

En otros casos descubrimos que nuestro ex esposo (a), tenía bienes que ocultos a su nombre, o a nombre de otros.

En estos casos hay que evaluar que tan posible es el reivindicar estos bienes, y recuperarlos, o que nos compensen económicamente, o demandar quizás a terceros.

Otro tema recurrente es el aumento de la pensión de alimentos que se fija a favor de los hijos. Desde luego, pasado algunos años de un divorcio, se puede pedir su aumento. Sobre todo si han aumentado el estado de necesidad.

También es común que la ex esposa siga recibiendo una pensión de alimentos, porque en el divorcio no se la quitó. Aquí casi el 99 % de los abogados falla, porque pide la EXONERACION.

Ese no es el pedido correcto. El pedido es otro. Eso solo un especialista sabe.

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